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EQF y Espacio Europeo de Educación Superior

¿Cuál es la relación entre el EQF y el marco del Espacio Europeo de Educación Superior?

A nivel europeo, el desarrollo de marcos de cualificaciones comenzó con un marco de cualificaciones para un sector educativo: El Marco de Cualificaciones del Espacio Europeo de Educación Superior (QF-EHEA) se formó desde 1999 (Declaración de Bolonia; los descriptores de Dublín se adoptaron en 2005); mientras que el desarrollo del EQF comenzó en 2005. Los dos marcos claramente tienen similitudes y áreas superpuestas: ambos son meta-marcos, cubren un amplio alcance de aprendizaje y están diseñados para mejorar la transparencia con respecto a las calificaciones dentro de Europa. Ambos están asociados con el aseguramiento de la calidad y utilizan el concepto de 'mejor ajuste' para determinar los niveles. Ambos también tienen aspiraciones claras de apoyar el aprendizaje permanente y la movilidad laboral.

A pesar de estas similitudes obvias entre los dos marcos, también se pueden observar diferencias con respecto a sus objetivos y los descriptores utilizados. El QF-EHEA pretende armonizar los sistemas mientras que el EQF pretende relacionar los sistemas entre sí:

Un objetivo central del proceso de Bolonia es armonizar los sistemas europeos de educación superior mediante la introducción de estructuras de títulos comunes (sistema de títulos de tres ciclos).

El EQF, por otro lado, no es un instrumento para armonizar las cualificaciones o partes de los sistemas de cualificaciones, sino que pretende funcionar como un tipo de dispositivo de traducción para aclarar las relaciones entre las cualificaciones y los diferentes sistemas.

Para vincular estos dos meta-marcos, el EQF afirma la compatibilidad con el QF-EHEA. Una razón principal para dibujar los niveles más altos del EQF directamente en los descriptores del EEES es evitar el desarrollo de dos marcos aislados. Así, los resultados de aprendizaje de determinados niveles del EQF se corresponden con los descriptores de ciclo del QF-EEES. Hay una clara referencia cruzada en los niveles 5 a 8. Por lo tanto, los descriptores de ciclo respectivos de QFEHEA, desarrollados por la Iniciativa Conjunta de Calidad, como parte del proceso de Bolonia, se entienden compatibles con los descriptores de los niveles 5 a 8 de la EQF. Aunque se utilizan diferentes descriptores, ambos marcos tienen una visión común de las dimensiones de progresión en cuanto a conocimientos, habilidades (aplicación) y conducta profesional.

Sin embargo, dado que el EQF es un marco general y busca incluir diferentes formas de aprendizaje (no solo el aprendizaje en la educación superior sino también calificaciones más orientadas a la profesión), los descriptores son más amplios, más genéricos y tienen que abarcar más que los descriptores de Dublín aplicados. definir los niveles para el QF-EEES. Esto significa que los niveles pueden verse como equivalentes, aunque los descriptores de nivel no sean los mismos. En consecuencia, los niveles EQF 5 a 8 pueden ser compatibles no solo con los títulos de cualificación adquiridos de manera formal estudiando en una institución de educación superior, sino también con las cualificaciones profesionales obtenidas a través del aprendizaje formal, no formal o informal.

En el QF-EEES, los resultados del aprendizaje se entienden como descripciones de lo que se espera que un alumno sepa, comprenda y haga al final del ciclo respectivo.

Los descriptores de Dublín se refieren a las siguientes cinco dimensiones: 'conocimiento y comprensión', 'aplicación del conocimiento y la comprensión', 'emisión de juicios', 'comunicación' y 'habilidades de aprendizaje'. Mientras que las tres primeras dimensiones están cubiertas principalmente por las dimensiones de conocimiento y habilidades en el EQF, el EQF no se refiere explícitamente a competencias clave como la comunicación o metacompetencias, como aprender a aprender. Estos se incluyen en parte de manera inherente en todas las columnas, pero se pueden asumir principalmente en la columna de competencia.

Aunque los descriptores que definen los niveles en el EQF y los descriptores de Dublín difieren, los descriptores de nivel del EQF integran completamente los descriptores de Bolonia y, por lo tanto, son compatibles con estos.

RECOMENDACIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

del 18 de junio de 2009
sobre el establecimiento de un Sistema Europeo de Créditos para la Educación y la Formación Profesionales (ECVET)
(Texto pertinente a efectos del EEE)

ES C 155/14 Diario Oficial de la Unión Europea 8.7.2009

DEFINICIONES

A los efectos de esta recomendación, se aplicarán las siguientes definiciones:

(a) 'cualificación' significa un resultado formal de un proceso de evaluación y validación que se obtiene cuando una institución competente determina que un individuo ha logrado resultados de aprendizaje de acuerdo con estándares determinados;

b) «resultados del aprendizaje»: declaraciones de lo que un alumno sabe, entiende y es capaz de hacer al finalizar un proceso de aprendizaje y que se definen en términos de conocimientos, habilidades y competencias;

(c) 'Unidad de resultados de aprendizaje' (unidad) significa un componente de una cualificación, consistente en un conjunto coherente de conocimientos, habilidades y competencias, que puede ser evaluado y validado;

d) «crédito por resultados de aprendizaje» (crédito): conjunto de resultados de aprendizaje de una persona que han sido evaluados y que pueden acumularse para obtener una cualificación o transferirse a otros programas de aprendizaje o cualificaciones;

(e) 'institución competente' significa una institución que es responsable de diseñar y otorgar cualificaciones o reconocer unidades u otras funciones vinculadas a ECVET, tales como la asignación de puntos ECVET a cualificaciones y unidades, evaluación, validación y reconocimiento de resultados de aprendizaje, bajo el reglas y prácticas de los países participantes;

f) «Evaluación de los resultados del aprendizaje»: métodos y procesos utilizados para determinar en qué medida un alumno ha adquirido de hecho determinados conocimientos, habilidades y competencias;

g) «Validación de los resultados del aprendizaje»: el proceso de confirmación de que determinados resultados del aprendizaje evaluados obtenidos por un alumno se corresponden con resultados específicos que pueden ser necesarios para una unidad o una cualificación;

h) «reconocimiento de los resultados del aprendizaje»: el proceso de certificación de los resultados del aprendizaje obtenidos oficialmente mediante la concesión de unidades o cualificaciones;

(i) 'puntos ECVET' significa una representación numérica del peso total de los resultados del aprendizaje en una cualificación y del peso relativo de las unidades en relación con la cualificación.

1. ECVET — PRINCIPIOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

ECVET es un marco técnico para la transferencia, el reconocimiento y, en su caso, la acumulación de resultados de aprendizaje de las personas con vistas a la consecución de una cualificación. Las herramientas y la metodología de ECVET comprenden la descripción de las calificaciones en términos de unidades de resultados de aprendizaje con puntos asociados, un proceso de transferencia y acumulación y documentos complementarios como acuerdos de aprendizaje, transcripciones de registros y guías de usuarios de ECVET. ECVET tiene por objeto facilitar el reconocimiento de los resultados del aprendizaje de acuerdo con la legislación nacional, en el marco de la movilidad, con el fin de obtener una cualificación. Cabe señalar que ECVET no implica ningún derecho nuevo para que los ciudadanos obtengan el reconocimiento automático de resultados de aprendizaje o puntos. Su aplicación para una determinada cualificación se ajusta a la legislación, las normas y los reglamentos aplicables en los Estados miembros y se basa en los siguientes principios y especificaciones técnicas: 1. Unidades de resultados de aprendizaje Una unidad es un componente de una cualificación, que consta de un conjunto coherente de conocimientos, habilidades y competencias que se pueden evaluar y validar con una serie de puntos ECVET asociados. Una cualificación comprende en principio varias unidades y se compone de todo el conjunto de unidades. Por lo tanto, un alumno puede lograr una calificación acumulando las unidades requeridas, logradas en diferentes países y diferentes contextos (formal y, en su caso, no formal e informal), respetando la legislación nacional relativa a la acumulación de unidades y el reconocimiento del aprendizaje. resultados.

2. Transferencia y acumulación de resultados de aprendizaje, asociaciones ECVET

En ECVET, las unidades de los resultados de aprendizaje logrados en un entorno se evalúan y luego, después de una evaluación exitosa, se transfieren a otro entorno. En este segundo contexto, son validados y reconocidos por la institución competente como parte de los requisitos para la titulación que la persona pretende obtener. Las unidades de los resultados del aprendizaje se pueden acumular para esta calificación, de acuerdo con las normas nacionales o regionales. Los procedimientos y lineamientos para la evaluación, validación, acumulación y reconocimiento de unidades de resultados de aprendizaje son diseñados por las instituciones competentes relevantes y los socios involucrados en el proceso de formación. La transferencia de créditos basada en ECVET y aplicada a los resultados de aprendizaje logrados en contextos de aprendizaje formal debe facilitarse mediante el establecimiento de asociaciones y redes en las que participen instituciones competentes, cada una de las cuales está facultada, en su propio entorno, para otorgar calificaciones o unidades o dar crédito por el aprendizaje logrado. resultados para transferencia y validación.

3. Acuerdo de aprendizaje y expediente académico personal

Para la solicitud de transferencia de crédito que involucre a dos socios y un estudiante móvil específico, las dos instituciones competentes involucradas en la capacitación y validación concluyen un acuerdo de aprendizaje.
proceso y el alumno, en el marco de un MoU.

4. Puntos ECVET

Los puntos ECVET proporcionan información complementaria sobre cualificaciones y unidades en forma numérica. No tienen valor independiente de los resultados de aprendizaje adquiridos para la cualificación particular a la que se refieren y reflejan el logro y la acumulación de unidades. Para permitir un enfoque común para el uso de puntos ECVET, se utiliza una convención según la cual se asignan 60 puntos a los resultados de aprendizaje que se espera lograr en un año de VET formal a tiempo completo.

En ECVET, la asignación de puntos suele tener dos fases: los puntos ECVET se asignan primero a una calificación en su conjunto y luego a sus unidades. Para una cualificación dada, se toma como referencia un contexto de aprendizaje formal y, sobre la base de la convención, se asigna el número total de puntos para esa cualificación. A partir de este total, los puntos ECVET se asignan a cada unidad según su peso relativo dentro de la cualificación.

Para las cualificaciones que no tienen una referencia de vía de aprendizaje formal, los puntos de crédito ECVET se pueden asignar a través de una estimación en comparación con otra cualificación que tenga un contexto de referencia formal. Para establecer la comparabilidad de las cualificaciones, la institución competente debe hacer referencia al nivel EQF equivalente o, posiblemente, al nivel NQF, oa la similitud de los resultados del aprendizaje en un campo profesional estrechamente relacionado.

La consecución con éxito de una cualificación o de una unidad desencadena la concesión de los puntos ECVET asociados, independientemente del tiempo real necesario para conseguirlos. Normalmente, la transferencia de una unidad implica la transferencia de los puntos ECVET correspondientes para que se incluyan cuando se reconozcan los resultados de aprendizaje transferidos, de acuerdo con las normas nacionales o regionales. Corresponde a la institución competente reconsiderar, cuando sea necesario, los puntos ECVET a tener en cuenta, siempre que las normas y metodologías que se establezcan a tal efecto sean transparentes y se basen en principios de garantía de calidad. Cualquier cualificación adquirida a través del aprendizaje no formal o informal para el que se pueda identificar una referencia de itinerario de aprendizaje formal, y las unidades correspondientes, tienen los mismos puntos ECVET que la referencia, ya que se están logrando los mismos resultados de aprendizaje.

ECTS y el Espacio Europeo de Educación Superior (Proceso de Bolonia)

ECTS es el sistema de créditos para la educación superior utilizado en el Espacio Europeo de Educación Superior, en el que participan todos los países que participan en el Proceso de Bolonia. El ECTS es una de las piedras angulares del proceso de Bolonia por el establecimiento de un sistema de créditos como medio adecuado para promover la movilidad estudiantil más generalizada. El ECTS contribuye a otros objetivos de Bolonia: los créditos ECTS son un elemento clave del Marco de Cualificaciones de Bolonia, compatible con el Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje permanente (EQF). De acuerdo con el Marco de Cualificaciones de Bolonia, los créditos ECTS se utilizan para formular marcos nacionales de cualificaciones para la educación superior, que pueden contener arreglos de créditos nacionales más detallados. ECTS también es utilizado cada vez más por instituciones en otros continentes y, por lo tanto, juega un papel en la creciente dimensión global del Proceso de Bolonia.

El Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje permanente (EQF)

El EQF es un marco de referencia europeo común que vincula los sistemas de cualificaciones de los países, actuando como un dispositivo de traducción para hacer que las cualificaciones sean más legibles y comprensibles en los diferentes países y sistemas de Europa. Tiene dos objetivos principales: promover la movilidad de los ciudadanos entre países y facilitar su aprendizaje permanente.

La Recomendación entró formalmente en vigor en abril de 2008. Establece 2010 como la fecha objetivo recomendada para que los países relacionen sus sistemas nacionales de cualificaciones con el EQF, y 2012 para que los países aseguren que los certificados de cualificación individuales lleven una referencia al nivel EQF apropiado.

El EQF relacionará los sistemas y marcos nacionales de cualificaciones de diferentes países en torno a una referencia europea común: sus ocho niveles de referencia. Los niveles abarcan la escala completa de calificaciones, desde niveles básicos (Nivel 1, por ejemplo, certificados de finalización de estudios) hasta niveles avanzados (Nivel 8, por ejemplo, Doctorados). Como instrumento para la promoción del aprendizaje permanente, el EQF abarca todos los niveles de las cualificaciones adquiridas en la educación y formación general, tanto profesional como académica. Además, el marco aborda las cualificaciones adquiridas en la educación y formación inicial y continua.

Los ocho niveles de referencia se describen en términos de resultados de aprendizaje. El EQF reconoce que los sistemas de educación y formación de Europa son tan diversos que es necesario un cambio hacia los resultados del aprendizaje para hacer posible la comparación y la cooperación entre países e instituciones.

En el EQF, un resultado de aprendizaje se define como una declaración de lo que un alumno sabe, entiende y es capaz de hacer al finalizar un proceso de aprendizaje. Por lo tanto, el EQF enfatiza los resultados del aprendizaje en lugar de centrarse en insumos como la duración del estudio. Los resultados del aprendizaje se especifican en tres categorías: como conocimiento, habilidades y competencia. Esto indica que las calificaciones, en diferentes combinaciones, capturan una amplia gama de resultados de aprendizaje, incluidos los conocimientos teóricos, las habilidades prácticas y técnicas y las competencias sociales, donde la capacidad de trabajar con otros será crucial.

RECOMENDACIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

del 23 de abril de 2008
sobre el establecimiento del Marco Europeo de Cualificaciones para el aprendizaje permanente

RECOMIENDAN A LOS ESTADOS MIEMBROS:

1. utilizar el Marco Europeo de Cualificaciones como herramienta de referencia para comparar los niveles de cualificación de los diferentes sistemas de cualificaciones y promover tanto el aprendizaje permanente como la igualdad de oportunidades en la sociedad basada en el conocimiento, así como una mayor integración del mercado laboral europeo, al tiempo que respetar la rica diversidad de los sistemas educativos nacionales;

2. relacionar sus sistemas nacionales de cualificaciones con el Marco Europeo de Cualificaciones para 2010, en particular haciendo referencia, de manera transparente, a sus niveles de cualificación a los niveles establecidos en el Anexo II y, cuando proceda, desarrollando marcos nacionales de cualificaciones de conformidad con legislación y práctica nacionales;

3. adoptar medidas, según corresponda, para que, antes de 2012, todos los nuevos certificados de cualificación, diplomas y documentos “Europass” emitidos por las autoridades competentes contengan una referencia clara, a través de los sistemas nacionales de cualificaciones, al nivel adecuado del Marco Europeo de Cualificaciones;

4. utilizar un enfoque basado en los resultados del aprendizaje al definir y describir las cualificaciones, y promover la validación del aprendizaje no formal e informal de acuerdo con los principios europeos comunes acordados en las conclusiones del Consejo de 28 de mayo de 2004, prestando especial atención a los ciudadanos más propensos a estar sujetos al desempleo o formas de empleo inseguras, para quienes tal enfoque podría ayudar a aumentar la participación en el aprendizaje permanente y el acceso al mercado laboral;

5. promover y aplicar los principios de garantía de la calidad en la educación y la formación establecidos en el anexo III al relacionar las cualificaciones de educación superior y educación y formación profesional dentro de los sistemas nacionales de cualificaciones con el Marco Europeo de Cualificaciones; (…)

Definiciones

A los efectos de la Recomendación, las definiciones que se aplican son las siguientes:
(…)

(g) “conocimiento” significa el resultado de la asimilación de información a través del aprendizaje. El conocimiento es el conjunto de hechos, principios, teorías y prácticas que se relaciona con un campo de trabajo o estudio. En el contexto del Marco Europeo de Cualificaciones, el conocimiento se describe como teórico y/o fáctico;

(h) “habilidades” significa la capacidad de aplicar el conocimiento y utilizar el saber hacer para completar tareas y resolver problemas. En el contexto del Marco Europeo de Cualificaciones, las habilidades se describen como cognitivas (que implican el uso del pensamiento lógico, intuitivo y creativo) o prácticas (que implican la destreza manual y el uso de métodos, materiales, herramientas e instrumentos);

(i) “competencia” significa la capacidad demostrada para utilizar conocimientos, habilidades y capacidades personales, sociales y/o metodológicas, en situaciones de trabajo o estudio y en el desarrollo profesional y personal. En el contexto del Marco Europeo de Cualificaciones, la competencia se describe en términos de responsabilidad y autonomía.

MEC Nivel 8

Los resultados de aprendizaje relevantes para el Nivel 8 son

• conocimiento en la frontera más avanzada de un campo de trabajo o estudio y en la interfaz entre campos.

Calificación

Criterios de examen (descriptores de Dublín):

Las calificaciones que significan la finalización del tercer ciclo se otorgan a los estudiantes que:

han demostrado una comprensión sistemática de un campo de estudio y dominio de las habilidades y métodos de investigación asociados con ese campo;

haber demostrado la capacidad de concebir, diseñar, implementar y adaptar un proceso sustancial de investigación con integridad académica;

han hecho una contribución a través de una investigación original que amplía la frontera del conocimiento mediante el desarrollo de un cuerpo de trabajo sustancial, algunos de los cuales merecen una publicación arbitrada nacional o internacional;

son capaces de análisis crítico, evaluación y síntesis de ideas nuevas y complejas;

puede comunicarse con sus pares, la comunidad académica más grande y con la sociedad en general sobre sus áreas de especialización;

se puede esperar que sea capaz de promover, dentro de contextos académicos y profesionales, el avance tecnológico, social o cultural en una sociedad basada en el conocimiento;

Condiciones:

La palabra 'profesional' se usa en los descriptores en su sentido más amplio, en relación con aquellos atributos relevantes para emprender un trabajo o una vocación y que implica la aplicación de algunos aspectos del aprendizaje avanzado. No se utiliza en relación con los requisitos específicos relativos a las profesiones reguladas. Este último puede identificarse con el perfil / especificación.

La palabra 'competencia' se usa en los descriptores en su sentido más amplio, permitiendo la gradación de habilidades o destrezas. No se utiliza en el sentido más estricto identificado únicamente sobre la base de una evaluación de 'sí/no'.

La palabra 'investigación' se usa para cubrir una amplia variedad de actividades, con el contexto a menudo relacionado con un campo de estudio; el término se usa aquí para representar un estudio o investigación cuidadosa basada en una comprensión sistemática y una conciencia crítica del conocimiento. La palabra se usa de manera inclusiva para dar cabida a la gama de actividades que respaldan el trabajo original e innovador en toda la gama de campos académicos, profesionales y tecnológicos, incluidas las humanidades y las artes tradicionales, escénicas y otras artes creativas. No se utiliza en ningún sentido limitado o restringido, ni se relaciona únicamente con un "método científico" tradicional.

Cualificaciones de tercer ciclo

Ciclo Conocimiento y comprensión:
3 (Doctorado) [incluye] una comprensión sistemática de su campo de estudio y el dominio de los métodos de investigación* asociados con ese campo.
Aplicar el conocimiento y la comprensión:
3 (Doctorado) [se demuestra por la] capacidad de concebir, diseñar, implementar y adaptar un proceso sustancial de investigación* con integridad académica.
[está en el contexto de] una contribución que amplía la frontera del conocimiento mediante el desarrollo de un cuerpo sustancial de trabajo, algunos de los cuales merecen una publicación arbitrada nacional o internacional...
Hacer juicios:
3 (Doctorado) [requiere ser] capaz de análisis crítico, evaluación y síntesis de ideas nuevas y complejas.
Comunicación
3 (Doctorado) con sus pares, la comunidad académica más grande y con la sociedad en general (diálogo) sobre sus áreas de especialización (alcance amplio).
Habilidades de aprendizaje ..
3 (Doctorado) se espera que sea capaz de promover, dentro de contextos académicos y profesionales, el avance tecnológico, social o cultural ..

Marco Mexicano de Cualificaciones (MMC)

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